¿Qué propone la Comisión Europea?
La Comisión Europea ha adoptado dos propuestas sobre la digitalización de los pasaportes y los documentos de identidad para las personas que viajen hacia y desde el espacio Schengen (aplicación digital de viaje de la UE o «EU Digital Travel»):
• una propuesta de Reglamento por el que se establece una aplicación de presentación electrónica de datos (aplicación «EU Digital Travel») y se establecen credenciales digitales de viaje basadas en el pasaporte;
• una propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece una credencial digital de viaje basada en un documento de identidad, a fin de permitir la expedición de credenciales digitales de viaje basadas en los documentos de identidad de la UE con las mismas normas técnicas que para los pasaportes.
¿Qué es un documento digital de viaje?
Un documento digital de viaje, también conocido como «credencial digital de viaje», es una versión digital de los datos almacenados en el pasaporte o el documento de identidad. Los datos abarcan la información contenida en el chip del pasaporte o documento de identidad, incluida la imagen facial del titular, pero no sus impresiones dactilares. Un documento digital de viaje puede almacenarse en un teléfono móvil y, cuando esté lista, en la aplicación digital de viaje de la UE. Esta aplicación estará lista a partir de 2030. Así se ofrecerá la posibilidad de almacenar las credenciales digitales de viaje en la cartera europea de identidad digital.
¿Quién puede obtener un documento digital de viaje?
Los ciudadanos de la UE que estén en posesión de un pasaporte o un documento de identidad físicos pueden obtener una versión digital de ambos documentos.
Los nacionales de terceros países que estén en posesión de un pasaporte biométrico también podrán utilizar la aplicación digital de viaje de la UE para crear una credencial digital de viaje y utilizarla cuando viajen hacia o desde el espacio Schengen.
¿Cómo podrá obtener un viajero de la UE un documento digital de viaje?
Podrá solicitarse gratuitamente una credencial digital de viaje al recibir un nuevo pasaporte o documento de identidad. Una vez que la aplicación digital de viaje de la UE esté disponible, los viajeros también podrán crear ellos mismos un documento digital de viaje mediante la aplicación, sobre la base de su documento de viaje. Los viajeros también podrán decidir no solicitar un documento digital de viaje y seguir utilizando únicamente su pasaporte o documento de identidad físicos.
¿Cómo podrá obtener un viajero que no sea de la UE un documento digital de viaje?
Una vez que la aplicación digital de viaje de la UE esté lista, los nacionales de terceros países también podrán crear ellos mismos un documento digital de viaje mediante la aplicación, sobre la base de su pasaporte físico.
¿Seguirán necesitando los viajeros documentos físicos?
Así es. Los viajeros seguirán teniendo que llevar consigo un documento físico al cruzar una frontera exterior para la fase de control de pasaportes. Los viajeros que opten por el pasaporte digital tendrán simplemente que pasar el pasaporte físico por el lector en la fase de control del pasaporte.
¿Cómo funcionará la aplicación digital de viaje de la UE?
La aplicación digital de viaje de la UE permitirá a los viajeros crear una versión digital de sus documentos de viaje, que podrá utilizarse a efectos del control en la frontera, agilizando así el propio viaje. Los Estados miembros también podrán permitir que los documentos digitales de viaje se utilicen para otros fines, tales como el registro ante las autoridades nacionales al establecer su residencia en otro Estado miembro o para facilitar el acceso a los sistemas de identificación electrónica.
Los viajeros podrán crear un documento digital de viaje escaneando su documento de viaje físico mediante la aplicación en su teléfono móvil. La aplicación comprobará si el documento es auténtico y si la cara del viajero coincide con la imagen facial almacenada en el documento de viaje para garantizar que únicamente el titular legítimo pueda crear un documento digital de viaje basado en ese documento físico. Una vez creado, y antes de cruzar la frontera, los viajeros podrán presentar el documento digital de viaje a la autoridad fronteriza para su inspección previa. Las autoridades fronterizas llevarán a cabo los mismos controles que cuando un viajero presenta físicamente su documento de viaje para su inspección. Esto hará más rápido y fluido cruzar las fronteras.
¿Cuándo podría empezar a utilizarse la nueva aplicación digital de viaje de la UE?
La aplicación empezará a funcionar una vez que la Comisión Europea (eu-Lisa) la haya creado, ensayado y aprobado. Mientras tanto, los Estados miembros ya empezarán a expedir documentos digitales de viaje. La propuesta permite a los Estados miembros aplicar sistemas nacionales para el uso de documentos digitales en sus fronteras antes de que la aplicación digital de viaje de la UE esté lista. Algunos países así lo han hecho ya (Países Bajos, Finlandia y Croacia). Asimismo, los Estados miembros podrán permitir el uso de documentos digitales de viaje en otras situaciones, cuando normalmente se exija un pasaporte o un documento de identidad físicos.
La aplicación digital de viaje de la UE estará lista a partir de 2030. Así se ofrecerá la posibilidad de almacenar las credenciales digitales de viaje en la cartera europea de identidad digital.
¿Cómo se relaciona este con otros sistemas de viajes
El Sistema de Entradas y Salidas (SES) es un sistema informático automatizado que permite registrar a los nacionales de terceros países que viajen para una estancia de corta duración cada vez que crucen las fronteras exteriores de la UE. Esta propuesta es pertinente, ya que permitirá crear una aplicación que los ciudadanos de terceros países podrían utilizar para el proceso del SES.
Los viajeros sujetos al Sistema de Entradas y Salidas (SES) podrán utilizar la aplicación digital de viaje de la UE y registrar por adelantado varios datos, tales como la comprobación de su documento de viaje, antes incluso de llegar a la frontera. Esto reducirá el tiempo que se pasa en los aeropuertos y otros centros de transporte. Asimismo, las compañías aéreas, que a menudo tienen que comprobar manualmente los documentos de viaje, así como sus clientes, podrán aprovechar estos documentos digitalizados para las reservas y otros controles realizados durante los viajes internacionales.
Los documentos digitales de viaje también podrían integrarse en el proceso de solicitud del Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV) para que los datos pertinentes puedan extraerse directamente del documento digital de viaje y disminuir las erratas, aumentar la precisión y agilizar los controles en la frontera.
¿Cómo contribuirá la aplicación digital de viaje de la UE a aumentar la seguridad en el espacio Schengen?
Puesto que los viajeros que utilicen la aplicación digital de viaje de la UE presentarán sus datos de viaje y sus credenciales digitales de viaje con antelación, las autoridades fronterizas podrán realizar determinados controles por adelantado. Esto les permitirá centrar sus recursos en la detección de la delincuencia transfronteriza y la migración irregular de manera más eficiente, garantizando al mismo tiempo el paso fluido de todos los viajeros.
¿Cómo facilitará esto los viajes?
La aplicación permitirá a los guardias de fronteras completar algunos de los procesos de inspección fronteriza antes de que los viajeros lleguen a la frontera, lo que ahorrará tiempo y facilitará el viaje. Cuando los viajeros lleguen al punto de control fronterizo, la puerta automática comparará su cara con las imágenes faciales presentadas con antelación como parte de su documento digital. Los proyectos piloto han demostrado que así se puede incrementar la velocidad del control fronterizo de unos treinta a unos ocho segundos, lo que previsiblemente mejorará el flujo de pasajeros.
¿Introducirán las nuevas normas controles adicionales?
No. El uso de la aplicación digital de viaje de la UE no introduce controles adicionales.
¿Será obligatorio el uso de credenciales digitales de viaje y de la nueva aplicación digital de viaje de la UE?
No, el uso de la aplicación digital de viaje de la UE será voluntario. Sin embargo, una vez que empiece a funcionar, las autoridades de todos los países del espacio Schengen tendrán que aceptar credenciales digitales de viaje para los controles en la frontera, de modo que cualquier viajero pueda optar por utilizarla para sus viajes transfronterizos.
Si los viajeros no desean utilizar la aplicación digital de viaje de la UE o las credenciales digitales de viaje, podrán seguir utilizando sus documentos de viaje físicos para los controles en la frontera. Sus datos no se difundirán ni emplearán sin su consentimiento. Los viajeros que, en cualquier momento, ya no deseen utilizar la aplicación digital de viaje de la UE, podrán revocar su consentimiento para tratar sus datos personales en la aplicación.
¿Cómo se garantizará la protección de datos?
La Comisión Europea ha tomado medidas para garantizar que los datos personales de los viajeros estén protegidos al utilizar la aplicación digital de viaje de la UE. Esto incluye el uso de sólidos métodos de cifrado y normas de consentimiento, lo que significa que ningún dato se tratará sin el consentimiento del usuario, un consentimiento que también podrá revocarse en cualquier momento. Así podrá controlar el usuario los datos que facilite y eliminarlos cuando lo desee.
La normativa general sobre protección de datos, a saber, el Reglamento general de protección de datos (RGPD) y el Reglamento de protección de datos para las instituciones, órganos y organismos de la Unión Europea (RPDUE), se aplicará plenamente al tratamiento de datos personales, tal y como ocurre hoy en día para las inspecciones fronterizas. La cantidad de datos tratados por las autoridades fronterizas no cambiará, sino que simplemente lo hará el momento del control, pues este se efectuará antes.
En los actos de ejecución se establecerán más pormenores sobre la estructura técnica de la aplicación digital de viaje de la UE, y en particular sobre la seguridad de los datos, el acceso a estos y los métodos de cifrado. Estos actos de ejecución estarán sujetos a la normativa general de protección de datos y a la consulta del Supervisor Europeo de Protección de Datos. Los actos de ejecución se adoptarán una vez que el Parlamento Europeo y el Consejo hayan adoptado el Reglamento.
Arriba, en la foto, foto de Oleksandr P en pexels

