{"id":2257,"date":"2021-06-16T11:18:37","date_gmt":"2021-06-16T10:18:37","guid":{"rendered":"https:\/\/telecomkh.info\/?p=2257"},"modified":"2021-06-16T11:18:37","modified_gmt":"2021-06-16T10:18:37","slug":"ayudas-estatales-la-comision-europea-confirma-que-espana-debe-recuperar-una-ayuda-incompatible-de-varios-operadores-digitales-terrestres","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/telecomkh.info\/?p=2257","title":{"rendered":"Ayudas estatales: la Comisi\u00f3n Europea confirma que Espa\u00f1a debe recuperar una ayuda incompatible de varios operadores digitales terrestres"},"content":{"rendered":"<p><strong>La Comisi\u00f3n Europea ha llegado a la conclusi\u00f3n de que la ayuda recibida por los operadores terrestres para la digitalizaci\u00f3n y ampliaci\u00f3n de la red de televisi\u00f3n terrestre en zonas remotas de Espa\u00f1a es contraria a las normas sobre ayudas estatales de la UE<\/strong><\/p>\n<p>Tras la anulaci\u00f3n de una decisi\u00f3n de la Comisi\u00f3n de 2013, la investigaci\u00f3n posterior confirm\u00f3 que, entre 2005 y 2008, los operadores de plataformas terrestres recibieron una ventaja selectiva incompatible frente a los competidores usuarios otras tecnolog\u00edas, infringiendo el principio de neutralidad tecnol\u00f3gica. Espa\u00f1a tiene que recuperar ahora las ayudas incompatibles.<br \/>\nTras una nueva y detallada investigaci\u00f3n, la Comisi\u00f3n confirm\u00f3 que las medidas adoptadas por Espa\u00f1a entre 2005 y 2008 para facilitar la transici\u00f3n de la televisi\u00f3n anal\u00f3gica a la digital constitu\u00edan una ayuda estatal incompatible. La ayuda se concedi\u00f3 para la conversi\u00f3n digital, y para la explotaci\u00f3n y el mantenimiento de la red de televisi\u00f3n digital. En particular, las medidas no eran neutrales desde el punto de vista tecnol\u00f3gico, ya que part\u00edan de la televisi\u00f3n digital terrestre (TDT) como \u00fanica tecnolog\u00eda para la conversi\u00f3n digital subvencionada. Otras tecnolog\u00edas alternativas, como el sat\u00e9lite, quedaron excluidas de las ayudas. Las medidas eran selectivas porque solo beneficiaban a los operadores de TDT, aunque esta \u00faltima tecnolog\u00eda y la de sat\u00e9lite se encontraban en una situaci\u00f3n comparable de hecho y de derecho (en las zonas remotas se podr\u00eda haber optado por la tecnolog\u00eda satelital para la conversi\u00f3n digital).<br \/>\nSobre esta base, la Comisi\u00f3n concluy\u00f3 que el r\u00e9gimen no pod\u00eda considerarse compatible con el mercado interior en virtud del art\u00edculo 107, apartado 3, letra c), o del art\u00edculo 106, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Uni\u00f3n Europea (TFUE).<\/p>\n<p><strong>Recuperaci\u00f3n de las ayudas incompatibles con el mercado com\u00fan<\/strong><br \/>\nPor principio, las normas sobre ayudas estatales de la UE exigen que se recupere toda ayuda estatal incompatible, con el fin de disipar la distorsi\u00f3n de la competencia ocasionada por la ayuda. Las normas sobre ayudas estatales de la UE no contemplan la imposici\u00f3n de multas y la recuperaci\u00f3n no sanciona a la empresa en cuesti\u00f3n. As\u00ed se restablece simplemente la igualdad de trato con respecto a las dem\u00e1s empresas.<br \/>\nEspa\u00f1a determinar\u00e1 el importe que debe recuperarse de cada beneficiario individual, de conformidad con la metodolog\u00eda establecida en la Decisi\u00f3n de la Comisi\u00f3n adoptada hoy. De ah\u00ed que, a fecha de hoy, se desconozca el n\u00famero definitivo de empresas afectadas y el importe total de las ayudas por recuperar.<\/p>\n<p><strong>Contexto<\/strong><br \/>\nEntre 2005 y 2008, el gobierno espa\u00f1ol adopt\u00f3 medidas reglamentarias a fin de facilitar la transici\u00f3n de la televisi\u00f3n anal\u00f3gica a la digital, y para ello segment\u00f3 el territorio en tres zonas distintas:<br \/>\n\u2022 En la zona I, que abarcaba la inmensa mayor\u00eda de la poblaci\u00f3n espa\u00f1ola, los organismos de radiodifusi\u00f3n sufragaron los costes de la transici\u00f3n.<br \/>\n\u2022 En la zona II, constituida por zonas remotas con alrededor del 2,5 % de la poblaci\u00f3n, los organismos de radiodifusi\u00f3n no ten\u00edan ning\u00fan inter\u00e9s comercial en prestar el servicio. Por lo tanto, las autoridades espa\u00f1olas decidieron compensar a los operadores por los costes de conversi\u00f3n, y es esta la medida a la que afecta la decisi\u00f3n de hoy.<br \/>\n\u2022 En la zona III, que abarcaba zonas monta\u00f1osas y en las que, por tanto, no pod\u00eda proporcionarse la transmisi\u00f3n terrestre, se eligi\u00f3 la tecnolog\u00eda satelital.<\/p>\n<p>A ra\u00edz de una denuncia presentada por el operador de sat\u00e9lite SES Astra, la Comisi\u00f3n inco\u00f3 una investigaci\u00f3n formal en 2010. La investigaci\u00f3n se refer\u00eda exclusivamente a las medidas adoptadas para la zona II. En 2013, la Comisi\u00f3n adopt\u00f3 una decisi\u00f3n por la que se constataba la incompatibilidad entre las normas de la UE en materia de ayudas estatales y las ayudas concedidas a los operadores de plataforma de televisi\u00f3n terrestre para el despliegue de la red de TDT y para el mantenimiento y la explotaci\u00f3n de esa red eran incompatibles. Proced\u00eda, por tanto, recuperar dichas ayudas.<br \/>\nA ra\u00edz de los recursos jur\u00eddicos interpuestos por Espa\u00f1a y algunos de los beneficiarios, el Tribunal de Justicia anul\u00f3 en diciembre de 2017 la Decisi\u00f3n de la Comisi\u00f3n de 2013 por lo inadecuado de la justificaci\u00f3n de la selectividad de la medida (asunto C-70\/2016). Por lo tanto, la Comisi\u00f3n llev\u00f3 a cabo otra investigaci\u00f3n m\u00e1s, durante la cual reevalu\u00f3 las pruebas relativas a la selectividad de las medidas, incluidas las nuevas pruebas presentadas por Espa\u00f1a y por algunos de los beneficiarios. Tras esta investigaci\u00f3n, la Comisi\u00f3n mantuvo la conclusi\u00f3n de que las medidas hab\u00edan otorgado una ventaja selectiva a los beneficiarios, que las ayudas concedidas eran incompatibles y que Espa\u00f1a deb\u00eda recuperarlas.<br \/>\nEn un asunto relacionado con la aplicaci\u00f3n del plan de transici\u00f3n digital espec\u00edficamente en la regi\u00f3n de la zona II de Castilla-La Mancha (SA.27408), la Comisi\u00f3n concluy\u00f3 en 2014 que la ayuda era incompatible y deb\u00eda recuperarse. En septiembre de 2018, El Tribunal de Justicia confirm\u00f3 plenamente esta decisi\u00f3n de la Comisi\u00f3n (asunto C-114\/17). Dado que Espa\u00f1a solo recuper\u00f3 parcialmente la ayuda, la Comisi\u00f3n inco\u00f3 un procedimiento ante el Tribunal de Justicia. En abril de 2021, el Tribunal dictamin\u00f3 que no se hab\u00eda recuperado la ayuda (C-704\/19). La recuperaci\u00f3n de esta ayuda est\u00e1 en curso.<br \/>\nLa versi\u00f3n no confidencial de la decisi\u00f3n correspondiente se publicar\u00e1 con el n\u00famero de asunto SA.28599 en el Registro de Ayudas Estatales del sitio web de Competencia de la Comisi\u00f3n, una vez que se hayan resuelto los posibles problemas de confidencialidad. La lista de las nuevas publicaciones de decisiones sobre ayudas estatales en internet y en el Diario Oficial figura en las noticias semanales en l\u00ednea sobre competencia.<\/p>\n<p><span style=\"color: #999999;\"><em>Arriba, en la foto, Margrethe Vestager, Comisaria europea de Competencia \/ Image cortes\u00eda de la CE &#8211; Photographer: Jennifer Jacquemart<\/em><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Comisi\u00f3n Europea ha llegado a la conclusi\u00f3n de que la ayuda recibida por los operadores terrestres para la digitalizaci\u00f3n y ampliaci\u00f3n de la red de televisi\u00f3n terrestre en zonas remotas de Espa\u00f1a es contraria a las normas sobre ayudas estatales de la UE Tras la anulaci\u00f3n de una decisi\u00f3n de la Comisi\u00f3n de 2013, &hellip; <\/p>\n<p class=\"link-more\"><a href=\"https:\/\/telecomkh.info\/?p=2257\" class=\"more-link\">Continue reading<span class=\"screen-reader-text\"> \u00abAyudas estatales: la Comisi\u00f3n Europea confirma que Espa\u00f1a debe recuperar una ayuda incompatible de varios operadores digitales terrestres\u00bb<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":2258,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[13],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/telecomkh.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2257"}],"collection":[{"href":"https:\/\/telecomkh.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/telecomkh.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/telecomkh.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/telecomkh.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=2257"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/telecomkh.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2257\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2259,"href":"https:\/\/telecomkh.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2257\/revisions\/2259"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/telecomkh.info\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/2258"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/telecomkh.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=2257"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/telecomkh.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=2257"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/telecomkh.info\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=2257"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}