{"id":10359,"date":"2023-01-19T13:07:17","date_gmt":"2023-01-19T12:07:17","guid":{"rendered":"https:\/\/telecomkh.info\/?p=10359"},"modified":"2023-01-19T13:28:12","modified_gmt":"2023-01-19T12:28:12","slug":"reglamento-sobre-subvenciones-extranjeras-entran-en-vigor-normas-para-garantizar-unos-mercados-de-la-ue-equitativos-y-abiertos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/telecomkh.info\/?p=10359","title":{"rendered":"Reglamento sobre subvenciones extranjeras: entran en vigor normas para garantizar unos mercados de la UE equitativos y abiertos"},"content":{"rendered":"<p><strong>Ya ha entrado en vigor el Reglamento sobre subvenciones extranjeras (RSE). Este nuevo conjunto de normas contra las distorsiones causadas por las subvenciones extranjeras permitir\u00e1 a la UE permanecer abierta al comercio y la inversi\u00f3n, garantizando al mismo tiempo unas condiciones de competencia equitativas para todas las empresas que desarrollan actividades en el mercado \u00fanico<\/strong><\/p>\n<p>La Comisi\u00f3n Europea propuso el Reglamento en mayo de 2021 y el Parlamento Europeo y el Consejo lo aprobaron en un tiempo r\u00e9cord, en junio de 2022.<\/p>\n<p><strong>Las nuevas normas sobre subvenciones extranjeras distorsionadoras<\/strong><br \/>\nEl RSE se aplica a todas las actividades econ\u00f3micas de la UE y se refiere a las grandes concentraciones (fusiones y adquisiciones), los procedimientos de contrataci\u00f3n p\u00fablica y todas las dem\u00e1s situaciones del mercado. Las nuevas normas facultan a la Comisi\u00f3n para investigar las contribuciones financieras facilitadas por pa\u00edses terceros a empresas que ejercen una actividad econ\u00f3mica en la UE y para corregir, en caso necesario, sus efectos distorsionadores.<\/p>\n<p>El RSE consta de tres herramientas con las que trabajar\u00e1 la Comisi\u00f3n:<\/p>\n<p>\u2022 La obligaci\u00f3n de que las empresas notifiquen a la Comisi\u00f3n las concentraciones en que exista una contribuci\u00f3n financiera del Gobierno de un pa\u00eds tercero cuando i) la empresa adquirida, una de las partes de la concentraci\u00f3n o la empresa en participaci\u00f3n genere un volumen de negocios en la UE de al menos 500 millones de euros y ii) la contribuci\u00f3n financiera extranjera en cuesti\u00f3n sea de al menos 50 millones de euros.<br \/>\n\u2022 La obligaci\u00f3n de que las empresas notifiquen a la Comisi\u00f3n, para su aprobaci\u00f3n, su participaci\u00f3n en procedimientos de contrataci\u00f3n p\u00fablica cuando i) el valor estimado del contrato sea de al menos 250 millones de euros y ii) la contribuci\u00f3n financiera extranjera en cuesti\u00f3n sea de al menos 4 millones euros por pa\u00eds tercero. La Comisi\u00f3n podr\u00e1 prohibir la adjudicaci\u00f3n de contratos en tales procedimientos a empresas que se beneficien de subvenciones distorsionadoras.<br \/>\n\u2022 En el caso de todas las dem\u00e1s situaciones del mercado, la Comisi\u00f3n podr\u00e1 iniciar investigaciones por iniciativa propia (de oficio) si sospecha que puede haber subvenciones extranjeras distorsionadoras. Esto incluye la posibilidad de solicitar notificaciones ad hoc en el caso de los procedimientos de contrataci\u00f3n p\u00fablica y las concentraciones de menor cuant\u00eda.<\/p>\n<p><strong>Competencias y procedimientos de investigaci\u00f3n<\/strong><br \/>\nUna concentraci\u00f3n notificada no puede materializarse y a un licitador investigado no se le puede adjudicar el contrato p\u00fablico mientras dure la investigaci\u00f3n por parte de la Comisi\u00f3n. En caso de incumplimiento de esta obligaci\u00f3n, la Comisi\u00f3n puede imponer multas por un importe que puede ser de hasta el 10 % del volumen de negocios anual agregado de la empresa. La Comisi\u00f3n tambi\u00e9n puede prohibir la realizaci\u00f3n de una concentraci\u00f3n subvencionada o la adjudicaci\u00f3n de un contrato p\u00fablico a un licitador subvencionado.<br \/>\nEl RSE otorga a la Comisi\u00f3n una amplia gama de competencias de investigaci\u00f3n para recopilar la informaci\u00f3n necesaria, entre ellas: i) enviar solicitudes de informaci\u00f3n a las empresas; ii) realizar misiones de investigaci\u00f3n dentro y fuera de la Uni\u00f3n; iii) iniciar investigaciones de mercado en sectores o tipos de subvenciones espec\u00edficos. La Comisi\u00f3n tambi\u00e9n puede basarse en la informaci\u00f3n facilitada por empresas, Estados miembros, cualquier persona f\u00edsica o jur\u00eddica o asociaci\u00f3n.<br \/>\nSi la Comisi\u00f3n considera que existe una subvenci\u00f3n extranjera y que esta distorsiona el mercado \u00fanico, puede sopesar sus efectos negativos en t\u00e9rminos de distorsi\u00f3n con los efectos positivos en el desarrollo de la actividad econ\u00f3mica subvencionada. Si los efectos negativos son mayores que los positivos, la Comisi\u00f3n puede imponer medidas correctoras estructurales o no estructurales a las empresas, o aceptarlas como compromisos, a fin de poner remedio a la distorsi\u00f3n (por ejemplo, cesi\u00f3n de determinados activos o prohibici\u00f3n de una determinada conducta en el mercado).<br \/>\nPor regla general, las subvenciones inferiores a cuatro millones de euros a lo largo de tres a\u00f1os se consideran probablemente no distorsionadoras, mientras que las subvenciones por debajo del umbral de minimis de las ayudas estatales de la UE se consideran no distorsionadoras.<br \/>\nEn el marco de las concentraciones notificables y los procedimientos de contrataci\u00f3n p\u00fablica, la Comisi\u00f3n puede examinar las subvenciones extranjeras concedidas hasta tres a\u00f1os antes de la operaci\u00f3n. Sin embargo, el Reglamento no se aplica a las concentraciones concluidas ni a las contrataciones p\u00fablicas iniciadas antes del 12 de julio de 2023.<br \/>\nEn todas las dem\u00e1s situaciones, la Comisi\u00f3n puede examinar las subvenciones concedidas en los diez a\u00f1os anteriores. Sin embargo, el Reglamento solo se aplica a las subvenciones concedidas en los cinco a\u00f1os anteriores al 12 de julio de 2023 cuando dichas subvenciones distorsionan el mercado \u00fanico tras el inicio de la aplicaci\u00f3n del Reglamento.<\/p>\n<p><strong>Pr\u00f3ximas etapas<\/strong><br \/>\nTras su entrada en vigor, el RSE pasar\u00e1 a su fase crucial de ejecuci\u00f3n y empezar\u00e1 a aplicarse dentro de seis meses, a partir del 12 de julio de 2023. Desde esa fecha, la Comisi\u00f3n podr\u00e1 iniciar investigaciones de oficio. La obligaci\u00f3n de notificaci\u00f3n para las empresas ser\u00e1 efectiva a partir del 12 de octubre de 2023.<br \/>\nEn las pr\u00f3ximas semanas, la Comisi\u00f3n presentar\u00e1 un proyecto de Reglamento de Ejecuci\u00f3n que aclarar\u00e1 las normas y procedimientos aplicables, incluidos los formularios de notificaci\u00f3n para las concentraciones y los procedimientos de contrataci\u00f3n p\u00fablica, el c\u00e1lculo de los plazos, el acceso a los procedimientos y la confidencialidad de la informaci\u00f3n. A continuaci\u00f3n, las partes interesadas dispondr\u00e1n de cuatro semanas para formular observaciones sobre estos proyectos de documentos antes de que se ultimen y adopten las normas de aplicaci\u00f3n, a mediados de 2023.<br \/>\nNuestra econom\u00eda es abierta y por eso debemos garantizar unas condiciones equitativas para todos los agentes del mercado. Desde hoy contamos con una nueva herramienta para velar por que todas las empresas que hagan negocios en la UE reciban el mismo trato. Este nuevo Reglamento nos permitir\u00e1 hacer frente a las ayudas distorsionadoras concedidas por terceros pa\u00edses, en beneficio de la competencia y en pro de unas condiciones de competencia equitativas en el mercado \u00fanico, dijo Margrethe Vestager, vicepresidenta ejecutiva responsable de la pol\u00edtica de competencia.<br \/>\nPor su parte, Valdis Dombrovskis, vicepresidente ejecutivo responsable de Una Econom\u00eda al Servicio de las Personas, manifest\u00f3 que \u201c Se trata de un hito verdaderamente significativo en el ambicioso programa comercial y econ\u00f3mico de la UE. Operamos en una econom\u00eda mundial cada vez m\u00e1s vol\u00e1til, en la que tenemos que hacer frente a m\u00e1s agentes econ\u00f3micos que adoptan comportamientos desleales o distorsionan la igualdad de condiciones. Tenemos que ser capaces de defendernos mejor de esas pr\u00e1cticas. El Reglamento sobre subvenciones extranjeras nos ayudar\u00e1 a proteger la integridad del mercado \u00fanico, que es nuestro activo econ\u00f3mico m\u00e1s valioso. Para las empresas de la UE, se trata de un punto de inflexi\u00f3n, ya que crear\u00e1 normas de participaci\u00f3n m\u00e1s equitativas para que puedan competir en igualdad de condiciones con las empresas extranjeras.<br \/>\nMientras, Thierry Breton, comisario responsable de Mercado Interior, dijo: \u201cGarantizar unas condiciones de competencia equitativas en nuestro mercado \u00fanico de la UE y en relaci\u00f3n con terceros pa\u00edses reviste m\u00e1s importancia que nunca. El mercado de la contrataci\u00f3n p\u00fablica de la UE, que representa m\u00e1s del 14 % de nuestro PIB, constituye una potente herramienta econ\u00f3mica, adem\u00e1s de un importante instrumento en el plano geopol\u00edtico. No es aceptable que se vea distorsionado por subvenciones extranjeras en detrimento de empresas competitivas que respetan las normas. El Reglamento sobre subvenciones extranjeras nos permitir\u00e1 investigar las contribuciones financieras de gobiernos de terceros pa\u00edses a empresas con actividades en la UE y prohibir\u00e1 la adjudicaci\u00f3n de contratos p\u00fablicos a las que se hayan beneficiado indebidamente de subvenciones extranjeras.<\/p>\n<p><em><span style=\"color: #999999;\">Arriba, en la foto, Margrethe Vestager, vicepresidenta ejecutiva responsable de la pol\u00edtica de competencia<\/span><\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ya ha entrado en vigor el Reglamento sobre subvenciones extranjeras (RSE). 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